En qué consiste el acuerdo de exención del visado de corta estancia suscrito con la Unión Europea?
Es un acuerdo que permitirá a los ciudadanos colombianos viajar, sin necesidad de solicitar una visa, a 26 de los 28 países miembros de la Unión Europea, por un tiempo máximo de 90 días, continuos o no, dentro de un periodo de 180 días
¿Con la exención deL visado de corta estancia todos los colombianos tendrán derecho a entrar a cualquiera de los 26 países?
No. Ningún acuerdo de exención de visas de corta estadía otorga un derecho automático de entrada y estancia. Los Estados tienen la potestad de decidir, caso a caso, si admiten o no en su territorio a un extranjero. En consecuencia, un extranjero puede ser inadmitido
¿Cuáles son las condiciones de entrada y los documentos que solicitan para poder viajar?
Pasaporte válido y vigente.
Tiquetes aéreos que confirmen el regreso al país de procedencia.
Justificación del motivo de la estancia prevista.
Comprobación de medios de subsistencia tanto para la permanencia en los estados miembros del acuerdo como para el regreso.
No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidas por el Sistema de Información Schengen.
No ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los Estados Miembro
¿Desde cuándo aplica la exención de la visa con la Unión Europea?
La exención de la visa entrará en vigor al día siguiente de la firma del acuerdo.
¿Qué actividades permite el acuerdo de exención de visa?
El acuerdo le permite a los ciudadanos colombianos realizar visitas de corta estadía con fines de turismo, visitas a amigos o familiares, asistencia a eventos o intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos o de medios de comunicación, tratamientos médicos y estudios de corto plazo
¿Qué tipo de pasaporte se requiere para beneficiarse de la exención de la visa?
Un pasaporte de Zona de Lectura Mecánica o un Pasaporte Electrónico vigente y válido, como mínimo, tres meses después de la fecha prevista de salida del Espacio Schengen.
TENGA EN CUENTA QUE:
NI IRLANDA NI EL REINO UNIDO SE ENCUENTRAN DENTRO DEL ACUERDO, POR LO QUE ES NECESARIO SOLICITAR UNA VISA PARA VISITAR ESTOS PAÍSES. RECUERDE QUE LA EXENCIÓN DEL VISADO NO LE PERMITE LLEVAR A CABO NINGUNA ACTIVIDAD REMUNERADA EN NINGUNO DE LOS PAÍSES MIEMBROS DEL ACUERDO, NI SOLICITAR TRABAJO O RESIDENCIA DURANTE SU ESTANCIA. SI DESEA TRABAJAR O RESIDIR EN ALGUNO DE LOS PAÍSES MIEMBROS DEBE SOLICITAR UNA VISA O UN PERMISO ESPECÍFICO.CONSULTE LA NORMATIVA DEL PAÍS AL QUE DESEA VIAJAR.
VER FOLLETO DE LA CANCELLERIA
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buenos dias!Quería solicitar información sobre qué debe hacer mi hermano para estar de 4 a 7 días en España,
ResponderEliminarPor el tiempo que nos queda ahora mismo, la carta de invitación no es viable,
Pueden por favor informarme si con la reserva de un hotel valdría? O debe presentar factura del hotel?
Para los días que está en España que dinero en efectivo o en tarjeta debe demostrar?
Un saludo
Muchas gracias
soy español y quiero casarme con una mujer de colombia y traerla a españa,ella tiene dos hijas de 10 años con la que llevo varios meses hablando a diario,nos conocimos por internet ,hablamos a diario y somos muy compatibles,cual es la forma mejor y mas rapida de hacerlo.Gracias
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