martes, 27 de octubre de 2015

Colombianos podrán viajar a Europa sin visado a partir de 4 de diciembre de 2015

Ya es un hecho la eliminación de la visa a colombianos en Europa. A partir del 4 de diciembre no hará falta la visa para viajar

El lunes pasado, el Consejo de Ministros de la Unión Europea autorizó la firma del acuerdo con el Gobierno de Colombia sobre exención reciproca de visados.
El presidente de la República, Juan Manuel Santos, precisó que el 3 de diciembre firmará el acuerdo para la eliminación del visado que se exige a los colombianos para entrar a los 26 países europeos.

Para poder viajar sin visa a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo, se debe tener un pasaporte de Zona de Lectura Mecánica o un Pasaporte Electrónico vigente y válido, como mínimo, tres meses después de la fecha prevista de salida del Espacio Schengen, un tiquete de ida y vuelta, una reserva de hotel o invitación de amigo o familiar, y demostrar recursos económicos para su sostenimiento durante la estadía.

Los 26 estados del espacio Schengen son 22 países de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Suecia, República Checa, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Grecia y cuatro más no miembros de la UE: Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein. La exención de visado también aplicará para viajes de corta duración a cuatro países miembros de la Unión Europea fuera del espacio Schengen: Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumania.
NO ESTAN INCLUIDOS EN EL ACUERDO: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza

El acuerdo le permite a los ciudadanos colombianos realizar visitas de corta estadía con fines de turismo, visitas a amigos o familiares, asistencia a eventos o intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos o de medios de comunicación, tratamientos médicos y estudios de corto plazo.
Atención: Ninguna de estas actividades puede superar una estancia de 90 días
Tenga en cuenta que la exención de visado de corta estancia con la Unión Europea:
NO le permite trabajar, buscar trabajo, radicarse, ni permanecer más de 90 días en un periodo de 180 días.
NO le permite visitar los territorios de Reino Unido y a Irlanda sin visado.

CONDICIONES DE ENTRADA:

  • Pasaporte válido y vigente.
  • Tiquetes aéreos que confi­rmen el regreso al país de procedencia.
  • Justi­ficación del motivo de la estancia prevista.
  • Comprobación de medios de subsistencia tanto para la permanencia en los estados miembros del acuerdo como para el regreso. Para probar los medios de subsistencia suficientes podrá basarse en los montos que usted posee en efectivo, cheques o tarjetas de crédito.
  • No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidas por el Sistema de Información Schengen.
  • No ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los Estados Miembros.

Adicionalmente será indispensable portar y presentar en formato físico los siguientes documentos:

  • Tiquetes aéreos de regreso.
  • Reserva de alojamiento válida y vigente o carta de invitación.
  • Prueba de medios sufi­cientes de subsistencia (dinero en efectivo y tarjetas de crédito, entre otros).
  • Documento que justifica el propósito del viaje (asistencia a eventos, conferencias y reuniones, entre otros).
  • Certifi­cado de cursos cortos en caso de inscripción a estudios.

Otros documentos podrían ser solicitados al momento de su llegada al país, tales como: seguros de viaje, tiquetes de trayectos al interior de los Estados parte del Acuerdo, justifi­cación de domicilio en caso de que se le extienda una invitación, entre otros. Por lo que no debe considerar esta lista como exhaustiva.

Les recordamos los países del mundo no exigen visa a los cuales se les añade los 26 de Europa, arriba indicados, a partir del 4 de diciembre: Andorra (país que no tiene aeropuerto, razón por la cual requiere visa Schengen para entrar por Francia o España), Argentina, Bahamas, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, República de Corea, Cuba (requiere tarjeta turística que se obtiene con la aerolínea de viaje), República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Georgia, Guatemala, Honduras, Israel, Jamaica, México, Palau, Panamá, Paraguay, Perú, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Samoa, San Vicente y las Granadinas, Singapur, Trinidad y Tobago, Turquía, Uruguay, Venezuela, Belice y La República Dominicana.
Sobre los territorios de ultramar de Países Bajos: Curazao eliminó el requisito de visado desde el 1° de agosto de 2015, en tanto que Aruba anunció que lo eliminará una vez entre en vigor el Acuerdo.
VER FOLLETO INFORMATIVO DE LA CANCILLERIA





6 comentarios:

  1. Bienvenidos por aquí compatriotas pero, a portarse bien, los que ya vivimos aquí solo esperamos que quienes vayan a venir no la vayan a "cagar" porque eso nos perjudicaría mucho a todos, ya se imaginarán de qué estoy hablando.

    ResponderEliminar
  2. exelente que sea rapido la flia me espera

    ResponderEliminar
  3. Mas o.menos cuando se podra viajar sin visa

    ResponderEliminar
  4. A partir de qué fecha posiblemente en el 2015 se podría estar viajando sin visa Schengen??

    ResponderEliminar
  5. una pregunta , quiero viajar con mi hermana a Barcelona , mi hija puede hacerme una carta de invitacion que nos incluya a las dos.?

    ResponderEliminar

Información para todos los colombianos en España, nuestro objetivo es informar, divertir y ser el lazo conductor de los colombianos con su tierra: http://www.colombiaenespana.com