lunes, 16 de abril de 2012

Trámites de extranjería que se pueden realizar por Internet o SMS

Quienes deseen conocer el estado de la tramitación de los expedientes de extranjería pueden hacerlo por dos vías:
  • Por Internet. Mediante el número de expediente o el número de identificación de extranjero (NIE). Los ciudadanos de la UE no podrán consultar su expediente de este modo, sino que han de acudir a las oficinas donde se tramitó su tarjeta.
  • Por SMS. Para conocer el estado de tramitación de un expediente, basta enviar un mensaje de texto al teléfono 638 44 41 44. Si se consulta por el número de identificación de extranjero, en el mensaje hay que escribir la palabra NIE, dejar un espacio y, a continuación, el citado número. Los datos tienen carácter informativo.
Para renovar, hay que acceder al procedimiento de renovaciones de autorizaciones de extranjería, descargar los modelos oficiales de solicitudes de extranjería, imprimir el modelo que se necesite y entregarlo en los registros oportunos de la Administración General del Estado o en las oficinas de Correos -en un sobre abierto que se enviará por correo certificado-, desde donde se hará llegar a la Oficina de Extranjería correspondiente. En este caso, sí se exige un mínimo desplazamiento, aunque el proceso se reduce a uno, ya que el primero se realiza desde un ordenador. La notificación resolutoria se envía también por correo certificado

Si se decide presentar las anteriores autorizaciones en las oficinas de extranjeros, es necesario contar con cita previa. Esta cita se puede coger a través de Internet. Hay que tener en cuenta que la cita para las autorizaciones de trabajo y residencia debe solicitarla el empleador o su representante autorizado; la de reagrupación familiar, el reagrupante o su representante autorizado; la de residencia de menores o incapacitados, el padre, la madre o el representante legal; mientras que el resto de autorizaciones debe pedirlas la persona interesada o su representante


En unos minutos, es posible abonar, registrarse, cumplimentar e imprimir el impreso para el pago presencial en una entidad financiera colaboradora. Este proceso se refiere a las tasas de la 052 a la 062, relativas, entre otras, a la tramitación de autorizaciones de residencia, seguridad privada, servicios sanitarios, vacunación de viajeros internacionales, expedición de títulos y diplomas, controles de sanidad exterior a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios y tramitación de autorizaciones de trabajo a ciudadanos extranjeros.

Para abonar las tasas por Internet, han de cumplirse tres requisitos: es obligatorio que el ordenador y navegador de la persona interesada cumplan los requisitos técnicos necesarios, es imprescindible contar con DNI electrónico o un certificado digital válido y el NIF/CIF asociado al certificado debe ser igual al NIF/CIF del titular de la cuenta bancaria.

Fuente CONSUMER.ES

1 comentario:

  1. Grcias por la información, asi nos podemos obviar mas vueltas.
    Esperemos que todo funcione bien.

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