Ha sido aprobada la reforma de la Ley de Extranjería, y desde luego endurecida situación que ya era de esperar, aúnque el ministro de Trabajo e inmigración, Celestino Corbacho, quiera decir lo contrario.
Me voy a referir solo a tres situaciones, posiblemente las mas usuales, y las que mas golpea al inmigrante, y es el que tiene que ver con el internamiento en los CIE, centros de internamiento para extranjeros, donde de manera flagrante se vienen violando los mas elementales derechos a la personalidad jurídica, incumpliéndose desde luego el artículo 6 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, carta suscrita por el estado español, lo que implica desarrollar mecanismos legales para garantizar el cumplimiento de sus derechos. El mentado artículo dice: "Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica" y mas adelante el articulo 8º "Toda persona tiene derecho a un recurso
efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Esta personalidad jurídica era negada a los retenidos en centros de internamiento por un máximo de 40 días. Este máximo ha sido ampliado a 60 días.
Lo mas atractivo, es que hay delincuentes comunes, que no llegan a pagar los días que se le estan imponiendo a personas trabajadoras y dignas, por el solo hecho de no tener un papel que les regularice, incluso se han presentado casos en que la persona ha presentado su documentación de arraigo social y tiene en su poder la instancia y han sido internados y devueltos al pais de origen, al considerar el resguardo no está en ningun momento regularizando la residencia en España, pues esta sujeto a su aprobación o denegación, dureza, mala fe, incomprensión.
Referente a la educación, , donde se reconoce el acceso a la educación no obligatoria para mayores de 18 años solo a los residentes en España o a los que sean ciudadanos de otro pais de la Unión Europea, de esta manera se esta garantizando la escolarización de menores, pero mas adelante se les niega el acceso al bachillerato o universidad, ya que para este evento debe tener su permiso de residencia.
Otra situación muy usual en la vida del inmigrante cuando ha obtenido su residencia, es reagrupar a sus seres queridos, esposa e hijos, lo cual se venía gestionando al momento de renovar la primera tarjeta, ahora se exigen cinco años de residencia para reagrupar, lo que conlleva un desvertebramiento de la familia, y si desea tener consigo a sus padres, estos deben tenar una edad por encima de los 65 años.
Y para terminar el análisis, se ha determinado a manera de represión laboral, sancionar con hasta 100.000 euros a empresarios que tengan trabajando personas irregulares.
Samuel Gamero Benítez
Abogado Experto Extranjeria
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Hola, a partir de cuando entra en vigencia la ley? De verdad estoy ahora preocupado estoy en tramites para traer a mi esposa.
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